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miércoles, 24 de febrero de 2016




TEMPORADA DE REBAJAS

Según la legislación vigente (artículo 25 de la
Ley 7/1996, de ordenación del comercio minorista), cada establecimiento es libre de elegir el período y la duración de las rebajas a lo largo del año.

El período de rebajas debe exhibirse en el establecimiento comercial en sitio visible al público, incluso cuando permanezca cerrado.


DERECHOS SOBRE LOS ARTICULOS REBAJADOS

- Un producto rebajado tiene que cumplir todas las normas de calidad y etiquetado. Está prohibido ofertar, como rebajados, artículos deteriorados.

- Es obligatorio que en las etiquetas aparezca el doble precio. El precio rebajado, o el porcentaje de rebaja que se ofrezca, debe aparecer junto al precio anterior tanto en las etiquetas de los productos como en las de los escaparates.

- En el supuesto de que las ofertas en rebajas no afecten a la totalidad de los productos comercializados, los rebajados tienen que estar debidamente identificados y diferenciados del resto.

- Las formas de pago que se admiten y las devoluciones deben ser las mismas que el resto del año. En caso contrario, el vendedor tiene que anunciar claramente esa circunstancia a los consumidores.

- La garantía de los artículos vendidos en rebajas es de dos años, igual que en los demás períodos del año.

CONSEJOS

  • Exija y guarde los tiques y las facturas por si necesita hacer algún cambio o reclamación.
  • No acepte ningún artículo en mal estado, con taras o estropeado; le estarán ofreciendo un saldo, no una rebaja.
  • Debe rechazar artículos cuyas instrucciones de uso no vengan en castellano.
  • Si tiene algún problema, solicite las hojas de reclamaciones. Los establecimientos tienen obligación de tenerlas a disposición de los usuarios.




 
JEAN CARLOS MONTESDEOCA JARA


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